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CORPORATE COMPLIANCE

CORPORATE COMPLIANCE

Importante relevancia

El compliance en España adquirió una importante relevancia a raíz de la nueva Ley Orgánica 5/2010, en la cual se incorporó la responsabilidad penal de las personas jurídicas al ordenamiento jurídico, especialmente a partir de la Ley Orgánica 1/2015 en la que se configura los modelos de compliance como requisito para que las personas jurídicas, puedan adquirir en un delito cometido por empleado o directivo la eximente o atenuante de su responsabilidad penal, al disponer de programas eficaces y adecuados a la organización.

Expertos en corporate compliance

En CNC somos expertos en corporate compliance con el diseño, implantación de modelos y sistemas de compliance penal para eximir o atenuar la responsabilidad penal de la persona jurídica, si se comete un delito en el seno de la organización, adaptado según su estructura y naturaleza para identificar y clasificar riesgos, estableciendo mecanismos internos de prevención y control, atendiendo a nuestros clientes de forma personalizada.

No sea una "ORGANIZACIÓN INCONSCIENTE"

CNC aporta a las organizaciones
CNC aporta a las organizaciones del Ibex 35 y grandes empresas cotizadas, Pymes, Micro Pymes, cualquier organización y Administraciones Públicas programas de cumplimiento normativo proporcionando un valor al interior, llevando un mayor control en la responsabilidad del cumplimiento normativo con una mejora de la ética, y ofreciendo al exterior mayores posibilidades de contratación, reducción del riesgo en la pérdida de imagen, ofreciendo una mayor confianza y credibilidad.
COMPLIANCE MANAGEMENT SYSTENS (ISO 37301)
PROGRAMAS DE CUMPLIMIENTO NORMATIVO
REVISIONES Y AUDITORIAS DE CUMPLIMIENTO NORMATIVO
COMPLIANCE PENAL
COMPLIANCE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

LAS EMPRESAS QUE NO DEMUESTREN UN MODELO DE COMPLIANCE ADECUADO Y EFICAZ ACTUA COMO ¨COLABORADOR INCONSCIENTE¨ DEL DEFRAUDADOR

AUDITORÍA

"NORMATIVA CNC ANTEPONE LA SEGURIDAD DE LA ORGANIZACIÓN CON UN MODELO DE AUDITORIA FÉRREO"

El objetivo de una auditoría consiste en elaborar un análisis del modelo de prevención y control, analizando los factores internos y externos que impactan negativamente en la organización, con el objetivo de identificar los riesgos, elaborando procedimientos que protejan los activos de la empresa, (Código ético y de conducta, política de prevención y control).

Auditoría Mixta, Normativa CNC colabora con el departamento de auditoría y control interno de la organización, asegurando la optimización del proceso para una mejora continua, así como un seguimiento extenso de la gestión de negocio a modo de prevención.

Auditoría Externa, las ventajas de una auditoría realizada por auditores externos de Normativa CNC, conlleva un conocimiento profundo de la normativa, contribuyendo a una mayor objetividad al no estar condicionado el criterio de los auditores por una relación jerárquica ni por los objetivos del negocio, con una mayor identificación de áreas de mejora y a la reducción del riesgo.

En NORMATIVA CNC presentamos la emisión del informe que recoge toda la información derivada del análisis, efectuando recomendaciones y áreas de mejora en su caso, mediante la interposición de nuevos controles o mediante el refuerzo de los ya existentes, en ambos casos destinados a mitigar los riesgos detectados, cuya finalidad es evitar o reducir la materialización del riesgo.

PERICIALES

Informes periciales

Los informes periciales son emitidos por expertos en compliance como prueba esencial para modelos de prevención de delitos, exponiendo su opinión acerca de si la persona jurídica investigada o acusada en un proceso penal demuestra que cuenta con modelos de organización y gestión que incluye las medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir delitos por el cual se le está investigando o de su misma naturaleza o que se ha podido reducir de forma significativa el riesgo de su comisión.
En CNC realizamos los informes periciales de compliance para poder evaluar la idoneidad y suficiencia de los modelos de prevención de riesgos, y ausencia de políticas, procedimientos y controles, canal de denuncias, formación de directivos y empleados, actualización de los programas de cumplimiento penales de aquellas organizaciones que estén siendo investigadas en un procedimiento penal.

¿ Quién solicita nuestros servicios ?

Por parte del Ministerio fiscal aportando al juez un informe con claridad y conclusiones precisas que permitan entender al juez lo que ha ocurrido y la percepción profesional.
Por parte de la organización, auditoria interna, asesoría jurídica, el consejo de administración o CEO.
Es de relevancia entender que las periciales en materia de compliance no deben enfocarse en analizar si los modelos de prevención de delitos implementados por las organizaciones son suficientes y adecuados en términos generales, sino que deben poner el foco en llevar a cabo un examen al delito que presuntamente se ha cometido, así como aquellos que sean de la misma naturaleza.

¿En un proceso judicial, que se le va requerir al perito por el juez o fiscal?

Si el programa de cumplimiento tenía alguna laguna, en caso de que asi sea, esa laguna permitió la comisión del delito y si se produjo por Directivo o Empleado, si ha sido suficiente la prevención penal teniendo en cuenta al tipo de organización, explicando la razón pese a que la organización tenia implantado un modelo de prevención de delitos adecuado, reduciendo el riesgo de forma significativa de su comisión ¨El Riesgo Cero No Existe¨
La presentación y ratificación de una pericial no tendrá que ceñirse en exclusiva a la fase del juicio oral , resultando también validas en la fase de instrucción ya que en la exención de responsabilidad penal prevista en el artículo 31 bis 2º del código penal, debe operar como de excusa absolutoria pudiendo ser igualmente apreciada durante la fase de instrucción sin la necesidad de esperar al juicio oral, tratando de evitar o disminuir el daño reputacional que sufren las organizaciones de su imputación en el procedimiento penal.

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